Maternidad y trabajo: la protección de la lactancia materna en el ámbito laboral
Es posible afirmar que prima en nuestro país una tendencia a imitar al modelo europeo de derechos laborales, especialmente en lo que se refiere a la protección de las madres trabajadoras. Hoy se debate la extensión de las licencias por maternidad, y la mayoría de estas iniciativas se apoyan en recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), organismo según el cual la lactancia materna debería ser exclusiva hasta los seis meses y extenderse hasta los dos años de edad del niño.
Pese a tales recomendaciones, el 10,2% de las mujeres que abandonan tempranamente la lactancia materna aducen como causa central el regreso a sus puestos de trabajo.
Por tal motivo, son varios los aspectos pendientes en materia legislativa en la Argentina, cuya resolución posibilitaría promover y facilitar la lactancia materna en el caso de las madres que trabajan fuera de sus hogares. Entre otros ítem, se destacan los siguientes:
• El 60% de las madres trabajadoras no están protegidas por la ley de trabajo, porque se desempeñan en un empleo informal –39,7% de las madres– o en el servicio doméstico –20,4%–.
• La legislación que regula la actividad del servicio doméstico no garantiza la estabilidad laboral para las mujeres embarazadas y carece de normas sobre protección de la maternidad y lactancia. Esto perjudica la lactancia materna principalmente de los sectores más postergados de la población, ya que son las madres en situación de pobreza e indigencia las que se desempeñan en estos trabajos –el 35,1% de las madres indigentes y el 39,8% de las madres pobres no indigentes trabajan en el servicio doméstico–.
• En el interior de la legislación laboral existe una brecha entre el empleo público y el privado: la LCT establece que la madre trabajadora del lactante podrá disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo en el transcurso de la jornada de trabajo. En el caso de desempeñarse en el sector público, el descanso previsto se extiende a una hora, pudiendo además la trabajadora optar por acumular la licencia diaria al ingresar dos horas después o retirarse dos horas antes. Esta brecha también se repite en el caso de normativas nacionales vs. provinciales o municipales, o entre los regímenes especiales. Por ejemplo, Neuquén sancionó en junio de 2008 la Ley 2592 que extiende la licencia por maternidad a las empleadas estatales 120 días para así fomentar la lactancia materna. A su vez, en la provincia de Buenos Aires hay un proyecto de ley que cuenta con media sanción (aprobó la Cámara de Diputados) para ampliar a 210 días la licencia por maternidad.
• Muchas veces, lo establecido por la legislación privada como protección de la lactancia materna (dos descansos diarios de media hora para amamantar) resulta difícil de implementar en el caso de aquellas madres cuyos hogares quedan muy lejos de sus trabajos o si en estos no disponen de salas o lactarios adecuados.
Es imprescindible que en la Argentina comience un proceso de transformación de la cultura laboral con el diseño e implementación de políticas que incorporen la nueva realidad del mercado de trabajo y las necesidades familiares: la fuerza laboral femenina está en aumento, hoy la mayoría de las mujeres trabaja fuera de su hogar y son precisamente las madres las que lo hacen. (…)
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