Ley contra violencia de género

''La ley no tiene sanciones ni medidas de prevención

para todas las violencias''
Por A.W. | 18.3.2009

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la ley contra la

violencia de género. Tanto el oficialismo como la oposición, excepto

el bloque de la Coalición Cívica (CC), votaron a favor del proyecto

que unifica múltiples iniciativas reclamadas por el movimiento

de mujeres. Aquí el por qué de la abstención.

La diputada nacional por la Coalición Cívica (CC) Marcela Rodríguez

se abstuvo en el recinto de votar la ley contra la violencia de género,

pese a que es una de las principales impulsoras de iniciativas

vinculadas al problema de la violencia machista.

Según la diputada nacional la nueva ley tiene avances

en relación a la normativa vigente, pero el contenido

no es coherente con la pretendida integralidad

enunciada en el título. ''Están faltando medidas de prevención,

procedimientos para la erradicación de las violencias,

y también sanciones para casos de incumplimientos'' dijo.

Según el equipo de asesor@s de Rodríguez, ''el proyecto prácticamente

no tiene sanciones ni medidas de prevención para la totalidad

de las modalidades de violencia. Por ejemplo define la violencia obstétrica,

pero no incorpora sanciones para quienes la cometen, ni procedimientos

internos dentro de los establecimientos de salud.

Ocurre algo similar con la violencia sexual;

se incluyen la prostitución forzada, la explotación, la esclavitud,

el acoso, el abuso sexual y la trata de mujeres, pero no se consigna

ninguna medida de prevención ni de asistencia y protección

a las víctimas. Tampoco tiene medidas específicas

para combatir la violencia laboral.''

En cuanto a la definición de la violencia, la norma dice que

''es toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta,

tanto en el ámbito público como en el privado,

basada en una relación desigual de poder, afecte su vida,

libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual,

económica o patrimonial, así como también su seguridad personal.

Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado

o por sus agentes.''

Concretamente se objeta que se haya incluido

''basada en una relación desigual de poder'', primero porque

''es innecesario'', esta premisa está prevista en la Convención

de Belem do Para, que es uno de los instrumentos internacionales

recogidos en la nueva norma, y segundo porque

''se le da una puerta de escape al agresor, quien exigirá

que se demuestre esa relación desigual, y al mismo tiempo,

cargamos a la víctima con una nueva prueba,

y probar en cada caso esa relación desigual es muy difícil.''

Sobre las violencias perpetradas por el Estado o sus agentes,

según los y las expertas, falta agregar las toleradas por el Estado.

''Esta incorporación es ineludible y fue demostrado en el caso

de la brasileña María da Penha Maia, que obtuvo un

informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,

en el cual se estableció que la tolerancia del Estado configura

una violación a la obligación de sancionar y también prevenir

e investigar la violencia contra la mujer'', argumentaron.

Artemisa Noticias